Rige la baja de las retenciones con condiciones

Se estableció que los productores deberán liquidar el 95% de lo declarado, en un plazo de 15 días hábiles.

Así quedó plasmado en el Decreto 38/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos y el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo.

El mismo estableció que los productores deberán liquidar el 95 por ciento de lo declarado en la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) en un plazo de 15 días hábiles para poder acceder al beneficio. En caso de no cumplir con esta disposición, se aplicará la alícuota anterior. La supervisión del mecanismo estará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Banco Central.

Las nuevas alícuotas establecidas para varios productos fueron significativas: la soja (poroto) pasó del 33% al 26%; la soja (aceite y harina) del 31% al 24,5%; el trigo, la cebada, el sorgo y el maíz bajaron del 12% al 9,5%; y el girasol del 7% al 5,5%.

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